CIRCULAR EXTERNA N° 00070

    04-08-2008

    Dian


    PARA: EXPORTADORES

    DE: DIRECTOR DE ADUANAS

    ASUNTO: PROCESO SALIDA DE MERCANCIAS

    FECHA: 04 DE AGOSTO DE 2008

    Me permito recordarles que el 1° de septiembre de 2008 entrará a regir el Decreto 1530 del 09 de mayo de 2008, modificado por el Decreto 2354 del 27 de junio del mismo año, por medio del cual se regula el Proceso de Salida de Mercancías.

    El nuevo proceso establece las siguientes etapas para realizar una exportación a través de los Sistemas Informáticos Electrónicos:

    Registros previos.
    Solicitud de embarque.
    Traslado mercancía a zona primaria.
    Aviso ingreso a zona primaria.
    Inspección.
    Autorización de embarque.
    Certificación de embarque.
    Presentación DEX definitivo.

    En ese sentido, sobresale la responsabilidad del exportador de suministrar previamente la información propia de su operación a quien actúe como declarante con el fin de lograr un resultado exitoso de la exportación.

    Los invitamos a realizar las pruebas reales que ofrecen los Servicios Informáticos Electrónicos las cuales están abiertas desde el 16 de junio de 2008 y sólo hasta el 31 de agosto de 2008 en la página web de la DIAN, www.dian.gov.co.

    La DIAN atenderá sus inquietudes a través del Call Center 5462200 en Bogotá y 019001115462 para el resto del país.

    PUBLIQUESE,

    Original firmado por

    ARMANDO SALCEDO ECHEVERRY
    Director de Aduanas (E)