CIRCULAR EXTERNA
N° 00070
04-08-2008
Dian
PARA: EXPORTADORES
DE: DIRECTOR DE ADUANAS
ASUNTO: PROCESO SALIDA DE
MERCANCIAS
FECHA: 04 DE AGOSTO DE 2008
Me permito recordarles que
el 1° de septiembre de 2008 entrará a regir el Decreto
1530 del 09 de mayo de 2008, modificado por el Decreto 2354 del
27 de junio del mismo año, por medio del cual se regula
el Proceso de Salida de Mercancías.
El nuevo proceso establece
las siguientes etapas para realizar una exportación a través
de los Sistemas Informáticos Electrónicos:
Registros previos.
Solicitud de embarque.
Traslado mercancía a zona primaria.
Aviso ingreso a zona primaria.
Inspección.
Autorización de embarque.
Certificación de embarque.
Presentación DEX definitivo.
En ese sentido, sobresale
la responsabilidad del exportador de suministrar previamente la
información propia de su operación a quien actúe
como declarante con el fin de lograr un resultado exitoso de la
exportación.
Los invitamos a realizar las
pruebas reales que ofrecen los Servicios Informáticos Electrónicos
las cuales están abiertas desde el 16 de junio de 2008
y sólo hasta el 31 de agosto de 2008 en la página
web de la DIAN, www.dian.gov.co.
La DIAN atenderá sus
inquietudes a través del Call Center 5462200 en Bogotá
y 019001115462 para el resto del país.
PUBLIQUESE,
Original firmado por
ARMANDO SALCEDO ECHEVERRY
Director de Aduanas (E)