Circular Externa 046
16 de octubre de 2007
Señores:Intermediarios del mercado cambiario, exportadores, usuarios operadores y usuarios industriales de zona franca.
Asunto: Procedimiento para reconocimiento de CERT –devolución de divisas por pago de exportaciones–.
En el marco de lo establecido en los Decretos 2327 y 2678 ambos de 2007, en la Resolución 1588 de 2007 y en concordancia con las normas que regulan el régimen de cambios internacionales, atentamente se informa que en el evento en que suscriban la Declaración de Cambio por Exportación de Bienes Formulario número 2 y en la Sección I “Tipo de Operación”, Casilla 1 indiquen tipo de operación 2, que corresponde a operaciones de compra venta de divisas por devolución de pagos de exportaciones, deben enviar en un archivo plano la siguiente información a la dirección electrónica mhortua@mincomercio.gov.co del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, a través de los intermediarios financieros, a más tardar el 31 de octubre de 2007:
Declaración de Cambio Inicial |
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Concepto |
Datos |
RUT |
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Razón Social |
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Número de la Declaración de Cambio |
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Fecha de Reintegro de la Declaración de Cambio |
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Intermediario del Mercado Cambiario o Código de la Cuenta Corriente de Compensación |
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Número de radicación de la solicitud de CERT |
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Declaración de Cambio de Devolución
Información |
Datos |
Número de la Declaración de Cambio Devolución |
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Fecha de la Declaración de Cambio Devolución |
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Información |
Datos |
Intermediario del Mercado Cambiario o Código de la Cuenta Corriente de Compensación |
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Número de la Declaración de Exportación Definitiva |
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Fecha de la Declaración de Exportación Definitiva |
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Aduana de trámite |
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Valor FOB devuelto USD |
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Si la devolución de divisas por devolución de pagos de exportaciones, corresponde a una operación de exportación sobre la cual ya se pagó CERT, el exportador beneficiario deberá restituir al Tesoro Nacional el CERT correspondiente a través del intermediario financiero, a la Cuenta número 98410111, nombre del titular “Documentos de Deuda Pública-Saldos de Capital CERT”, indicando por concepto “Restitución de CERT”.
Cordialmente,
El Director de Comercio Exterior,
Rafael Antonio Torres Martín.