CIRCULAR
EXTERNA N° 048
18-08-2006
Ministerio de Comercio, Industria y Turismo
Decreto 2685 de 2006 - Modificación al Arancel de Aduanas.
Señores: Usuarios y funcionarios del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
Asunto: Decreto 2685 de 2006 - Modificación al Arancel de Aduanas.
Para su conocimiento y aplicación, de manera atenta se informa que el Gobierno Nacional expidió el Decreto 2685 del 8 de agosto de 2006, mediante el cual se estableció el desdoblamiento de la subpartida arancelaria 95.04.30.10.00, de la siguiente manera:
Subpartida Arancelaria Descripción
95.04
Artículos para juego de sociedad, incluidos los juegos con
motor o mecanismo, billares, mesas especiales para juego
de casino y juegos de bolos automáticos (“bowlings”)
30 –Los demás juegos activados con monedas, billetes de
banco, fichas o demás artículos similares, excepto los
juegos de bolos automáticos (“bowlings”):
10 --De suerte, envite y azar:
10 ---Uniposicionales (un solo jugador)
90 ---Las demás
90 --Las demás
Adicionalmente, ordenó diferir el gravamen arancelario para los productos clasificados por las siguientes subpartidas arancelarias:
Subpartida
Arancelaria
Descripción
Gravamen arancelario
30.02.10.32.00
Antisueros (sueros con anticuerpos), demás Inmunológicos modificados,
incluso obtenidos por proceso biotecnológico: Reactivos de diagnóstico
que no se empleen en el paciente.
Cero por ciento (0%)
39.07.60.10.00
Poli (tereftalato de etileno) con dióxido de titanio
Diez por ciento (10%)
84.29.11.00.00
Topadores frontales (“bulldozers”) y topadores angulares (“angledozers”)
de orugas
Cero por ciento (0%)
84.47.12.00.00
Máquinas de tricortar de coser por cadeneta, de entorchar, de fabricar
tul, encaje, bordados, pasamanería, trenzas, redes o de insertar mechones,
con cilindro de diámetro inferior o igual a 165 mm.
Cero por ciento (0%)
84.47.20.20.00
Máquinas de tricortar de coser por cadeneta, de entorchar, de fabricar
tul, encaje, bordados, pasamanería, trenzas, redes o de insertar mec
hones, las demás maquinas rectilíneas de tricortar
Cero por ciento (0%)
84.51.50.00.00
Máquinas para enrollar, desenrollar, plegar, cortar o dentar telas. Máquinas
para enrollar, desenrollar, plegar, cortar o dentar telas
Cero por ciento (0%)
De conformidad con lo señalado en el artículo 4° del Decreto 2685 de 2006, los diferimientos arancelarios ordenados rigen hasta el 31 de diciembre de 2006. No obstante, si antes del vencimiento del término previsto se registra producción subregional, se restablecerá la aplicación del Arancel Externo Común.
El Decreto 2685 comenzó a regir a partir del 8 de agosto de 2006, fecha de su publicación en el Diario Oficial número 46354 y modificó en lo pertinente el artículo 1° del Decreto 4341 de 2004.
Cordialmente,
El Director de Comercio Exterior,
Rafael Antonio Torres Martín.
(C.F.)