DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
Concepto Tributario No 084304
Noviembre 30 de 2004

 

Tema: Procedimiento
Descriptor: Obligaciones tributarias a cargo del socio gestor en contratos de cuentas en participacion

Mediante escrito de la referencia, formula usted una consulta de carácter particular respecto al cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de uno de los socios en un contrato de cuentas en participación.

Sobre el particular, le informo que conforme a lo establecido en el artículo 11 del Decreto 1265 de 1999 y la Resolución No. 5467 del 15 de junio de 2001, este despacho es competente para absolver en sentido general y abstracto las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias cuyos impuestos administra la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, razón por la cual no le corresponde pronunciarse sobre un tema particular como el que usted plantea en su escrito de manera realmente confusa.

Teniendo en cuenta que de la consulta se deduce la aparente existencia de un contrato de cuentas en participación y de un contrato de arrendamiento de inmuebles consideramos que le pueden ser de utilidad los siguientes pronunciamientos Concepto 030569 de 1999. 058079 de 1998. 25670 de 2000. 02568 de 2000 y Concepto Unificado del Impuesto sobre las ventas 2003 Paginas 177-180-Para su conocimiento se anexa fotocopia de los citados conceptos

Finalmente, me permito recordarle que de conformidad con lo señalado en el artículo 579 del Estatuto Tributario y el artículo 1 del Decreto 3805 de 2003, la presentación de las declaraciones tributarias deberá efectuarse en los bancos y demás entidades autorizadas, ubicados en la jurisdicción de la Administración que corresponda. Igualmente señalan que el pago de los impuestos, retenciones, anticipos y sanciones e intereses, deberá efectuarse en los correspondientes bancos y demás entidades autorizadas para el efecto.

 

Oficina Jurídica