Decreto 2721

Tipo de norma
Número
2721
Fecha
Fecha del diario oficial
Título

Designa un miembro del Consejo Técnico de la Contaduría Pública.

Subtítulo

Por el cual se designa un miembro del Consejo Técnico de la Contaduría Pública

 

República de Colombia 
 
MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO 
 
DECRETO NÚMERO - 2721  DE 2011 
 
4  AGO 2011 
 
Por el cual se designa un miembro del Consejo Técnico de la Contaduría Pública 
 
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA 
 
En uso de sus facultades constitucionales y legales, y especialmente las que le confiere el  numeral  13 del artículo  189 de  la  Constitución Política,  el  artículo  11  de la  Ley 1314 de 2009 y el parágrafo del articulo 3° del Decreto 691  de 2010, Y 
 
CONSIDERANDO 
 
Que  observando  lo  dispuesto en  el  inciso  segundo  del  parágrafo del  articulo  11  de  la Ley 1314 de 2009, por lo menos una cuarta parte de los miembros del Consejo Técnico de la  Contaduría Pública serán designados por el Presidente de la  República de ternas enviadas  por diferentes  entidades  tales  como:  Asociaciones  de  Contadores  Públicos, Facultades  de  Contaduría,  Colegios  de  Contadores  Públicos  y  Federaciones  de Contadores.  Las ternas serán elaboradas por las anteriores organizaciones,  a partir de una  lista  de  elegibles  conformada  mediante  concurso  público  de  méritos  que  incluya examen de antecedentes laborales, examen de conocimientos y experiencia. 
 
Que el Decreto 691  del4 de marzo de 2010 "Por el  cual se modifica la conformación del  Consejo Técnico de la Contaduría Pública y se dictan otras disposiciones" en su artículo 2°  estableció que el  Consejo Técnico de  la  Contaduría  Pública estará  conformado por cuatro (4) miembros, de los cuales tres (3) deben ser contadores públicos.
 
Que el mencionado Decreto 691  del 4 de marzo de 2010, en su artículo 4° dispuso que la  designación del  cuarto (4°)  miembro del  Consejo Técnico de  la  Contaduría  Pública, quien deberá ser contador público, se hará por el Presidente de la República. 
 
Que  dicho  Decreto 691  de 2010  en  su  artículo 4°  estableció el  procedimiento  para  la conformación de las ternas, mediante convocatoria del Ministerio de Comercio,  Industria y Turismo a las entidades indicadas en el articulo 3° de este Decreto 691  de 2010, para que conformen  las temas mediante concurso  público de méritos,  el  cual  se  adelantará de  manera  individual  o  conjunta,  a  través  de  la  universidad  o  institución  pública  o privada experta en procesos de selección, de acuerdo con las condiciones indicadas en la convocatoria. 
 
Que  el  artículo  6° del  Decreto  691  de  2010,  dispone  que  los  miembros  del  Consejo Técnico de la  Contaduría  Pública ejercerán sus funciones por un  período de  cuatro (4) años. 
 
Que mediante las Resoluciones 799 del 29 de marzo de 2010,  1757 del 25  de junio de 2010 y 2799 del 22 de septiembre de 2010, se estableció por el Ministerio de Comercio, Industria  y  Turismo,  el  procedimiento  para  convocar  a  las  entidades  facultadas  para conformar  las  ternas  para  la  designación  de  una  cuarta  parte  de  los  miembros  del Consejo Técnico de la Contaduría Pública por parte del Presidente de la República. 
 
Que el  Instituto Nacional de Contadores Públicos de Colombia,  como entidad facultada dentro del  proceso  para  la  designación  del  cuarto  miembro del Consejo Técnico  de  la Contaduría  Pública  suscribió el  contrato  No.  673  de 2010  con  la  Escuela  Superior de Administración Pública - ESAP.  . 
 
Que  en  desarrollo  de  lo  anterior,  la  Escuela  Superior  de  Administración  Pública, adelantadas  todas  las  etapas  del  concurso  público  de  méritos,  rindió  al  Instituto Nacional  de Contadores Público de  Colombia  su  informe final  mediante  comunicación 172-160-496-2010 del 27 de diciembre de 2010. 
 
Que el Instituto Nacional de Contadores Públicos de Colombia, mediante comunicación con  radicación  1-2011-001265, presentó al  Ministerio de Comercio  Industria y Turismo la  terna  para  la  designación del cuarto miembro del Consejo Técnico de la  Contaduría Pública, compuesta por las siguientes personas: 
 
No. Nombre   Documento de identidad  Puntaje obtenido en las pruebas ESAP
1 Daniel Sarmiento Pavas 79.262.834 66.55
2 Edith Gómez  51.846.674 58.97
3 José Orlando Ramírez 70.113.947 57.40
Que  el  Ministerio  de  Comercio,  Industria  y  Turismo  dio  traslado  de  dicha  terna  a  la Presidencia  de  la  República,  según oficio  No.  2-2011-011355,  con  el  objeto de que  se designe el cuarto miembro del Consejo Técnico de la Contaduría Pública. 
 
Que  la  Corte  Constitucional  en  relación  con  el  concurso  de méritos  y  elaboración  de ternas,  indicó en  sentencia  C- 183  de 2010,  lo  siguiente:  "la  terna  a la  que  se refiere deberá  ser  conformada  por  los  concursantes  que  hayan  obtenido  las  tres  mejores calificaciones  en  el  respectivo  concurso  de  méritos;  de  que  el   nominador  de  cada empresa  social  del  estado  deberá  designar  en  el   cargo  de  gerente  a  quien  haya alcanzado el más alto puntaje; y de que el resto de la tema operará como un listado de elegibles,  de  modo  que  cuando  no  sea  posible  designar al  candidato  que  obtuvo  /a mejor  calificación,  el   nominador  deberá  nombrar  al  segundo  y,  en  su  defecto,  al tercero". 
 
DECRETA: 
 
Artículo 1°. Designación.  Desígnese  al  doctor  Daniel  Sarmiento  Pavas, identificado con  la  cédula de ciudadanía No.  79.262.834, como miembro del Consejo Tecnlco de la  Contaduría Pública. 
 
Artículo 2°. Período. De acuerdo con el  artículo 6° del Decreto 691  de 2010, el  doctor Sarmiento  Pavas  ejercerá  sus  funciones  como  miembro  del  Consejo  Técnico  de  la Contaduria Pública por un período de cuatro (4) años,  contados a partir de la fecha de su aceptación a la presente designación. 
 
Artículo 3°. Vigencia.  El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. 
 
PUBLÍQUESE y  CÚMPLASE 
Dado en Bogotá, D.  C"  a los 4 AG02011 
 
MINISTRO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO 
SERGIO DÍAZGRANADOS GUIDA 
 
DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA  
JUAN CARLOS PINZÓN BUENO