Oficio 18593

Tipo de norma
Número
18593
Fecha
Fecha del diario oficial
Título

Tema: Renta

Subtítulo

Descriptor: Beneficios tributarios para usuarios industriales.

Oficio N° 018593
16-03-2012

DIAN

 

 

Ref: Radicado número 690 de 25/01/2012

 

En atención a las inquietudes formuladas en el escrito de la referencia, de manera atenta me permito manifestar lo siguiente:

 

El parágrafo 2° del artículo 211 del Estatuto Tributario, modificado por el artículo 2° de la Ley 1430 de 2010, reguló la sobretasa o contribución especial en el sector eléctrico, estableciendo beneficios de descuento y exención tributarios para los usuarios industriales.

 

La mencionada disposición fue reglamentada por el Decreto 2915 de 2011, modificado parcialmente por el Decreto 4955 de 2011, norma que dispuso que al mencionado tratamiento tributario tendrán derecho los usuarios industriales cuya actividad económica principal se encuentre registrada en el Registro Único Tributario -RUT - a 31 de diciembre de 2010, en los Códigos 011 a 456 de la Resolución 00432 de 2008 o la que la modifique o sustituya y así mismo aplicará para los usuarios industriales que con posterioridad al 31 de diciembre de 2010, tengan o modifiquen su actividad económica principal según los códigos mencionados.

 

Para efectos de la aplicación de la exención de la sobretasa, el parágrafo 1° del artículo 4° del Decreto 2915 de 2011, modificado por el artículo 3° del Decreto 4955 de 2011, estableció como requisito de la solicitud del beneficio tributario, que se debe presentar por escrito ante el prestador del servicio público, adjuntando el Registro Único Tributario - RUT, documento que debe haber sido expedido con una anterioridad no mayor a treinta (30) días calendario de la fecha de la solicitud.

 

Considerando que el formato del Registro Único Tributario - RUT no permitía verificar la referida información, para efectos de dar cumplimiento a la disposición, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales tomó las medidas necesarias para adicionar al formato la información requerida, información de la que ya se puede disponer bajo la denominación de "Fecha generación documento PDF" y que incorpora no solo la fecha sino la hora de impresión del respectivo documento (visible en la parte inferior derecha del formato).

 

OFICINA JURÍDICA.