Oficio 450

Tipo de norma
Número
450
Fecha
Título

Tema: Procedimiento

Subtítulo

Descriptor: Contribuyentes seleccionados para expedir factura electrónica. 

 

OFICIO Nº 100 229 366 – 450

30-05-2018

DIAN

 

 

Bogotá D.C.

 

Señora:

MARCELA GARZÓN AMAYA

CALLE 100 No. 11 A - 35

Bogotá, D.C. - Bogotá D.C.

[email protected]

 

Ref: Respuesta final Solicitud No. Asunto 201882140100023941

 

Cordial saludo,

 

En relación con su solicitud elevada por medio del radicado No. 201882140100023941 del 08 de mayo de 2018, le informamos que de conformidad con lo establecido en la Resolución 0010 de 2018, la misma empezará a regir a partir del primero (1º) de junio de 2018, fecha a partir de la cual los seleccionados por ésta deberán empezar a facturar electrónicamente, sin perjuicio del término adicional de tres (3) meses al que se refiere el artículo 684-2 del Estatuto Tributario para que la DIAN pueda hacer exigible la facturación electrónica.

 

Adicionalmente, de manera excepcional y sólo en el caso de presentar inconvenientes de tipo tecnológico, los grandes contribuyentes seleccionados por la Resolución 000010 del 06 de febrero de 2018 podrán elevar una solicitud, antes del primero (1º) de junio de 2018, informando el tiempo adicional, que con ocasión de dichos inconvenientes, requieren para implementar la facturación electrónica, sin que el mismo exceda de tres (3) meses.

 

En ese orden de ideas se tienen los siguientes tiempos para la implementación de la facturación electrónica:

 

·      A partir del primero (1º) de junio los seleccionados por la Resolución 000010 de 2018 deberán empezar a facturar electrónicamente.

·      A partir del primero (1º) de septiembre la DIAN podrá exigir la facturación electrónica.

 

En caso de presentarse inconvenientes de tipo tecnológico y cuando se solicite el tiempo máximo adicional, que es de tres (3) meses, se tendrán los siguientes tiempos para la implementación de la facturación electrónica:

 

·      Antes del primero (1º) de junio deberá presentarse la solicitud informando los inconvenientes tecnológicos y solicitando el tiempo adicional.

·      A partir del primero (1º) de septiembre los seleccionados por la Resolución 0010 de 2018 deberán empezar a facturar electrónicamente.

·      A partir del primero (1º) de diciembre la DIAN podrá exigir la facturación electrónica.

 

En los anteriores términos se da respuesta a su consulta.

 

Con toda atención.

 

 

Luis Hernando Valero Vásquez

Proyecto Factura Electrónica

Dirección de Gestión de Fiscalización

U.A.E. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN