Oficio 016046

Tipo de norma
Número
016046
Fecha
Título

Tema: IVA

Subtítulo

Descriptor: Causación en las cuotas de sostenimiento que pagan los afiliados a Centros Sociales de la Policía Nacional.

OFICIO Nº 016046

20-06-2018

DIAN

 

 

Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina

100208221- 000948

Bogotá, D.C.

 

Señor Brigadier General

SILVERIO ERNESTO SUÁREZ

Director Bienestar Social Policía Nacional

Ministerio de Defensa Nacional

Calle 44 No. 50 – 51 piso 4

Bogotá, D. C.

 

Ref: Radicado 016336 del 05/06/2018. Cuotas de sostenimiento.

 

Cordial saludo Señor Brigadier General Suárez:

 

Respecto de su consulta sobre la causación del impuesto sobre las ventas en las cuotas de sostenimiento que realizan los afiliados a los Centros Sociales de la Policía Nacional, se le informa que el artículo 1.3.1.13.5. del Decreto 1625 de 2016, señala:

 

Artículo 1.3.1.13.5. Cuotas de afiliación y sostenimiento no gravadas con IVA. Para efectos del impuesto sobre las ventas, se entienden como aportes de capital, no sometidos al impuesto sobre las ventas, las cuotas de afiliación y sostenimiento, de los sindicatos, de las asociaciones gremiales, de las asociaciones de exalumnos, de padres de familia, de profesionales, políticas y religiosas, de organizaciones de alcohólicos anónimos y/o drogadictos, de las juntas de defensa civil, de las sociedades de mejoras públicas, así como las cuotas de administración fijadas por las juntas de copropietarios administradoras de edificios organizados en propiedad horizontal o de condominios.

 

Como se puede observar, el artículo trascrito no incluyó a estos Centros Sociales ni a la Policía Nacional dentro de la enumeración taxativa de entidades cuyas cuotas de afiliación y sostenimiento se entienden como aportes de capital no sometidos al impuesto sobre las ventas. Por tanto, en atención al régimen general del impuesto, al no estar expresamente excluidas del gravamen, las cuotas de sostenimiento a cargo de los afiliados de los Centros Sociales de la Policía Nacional se consideran gravadas a la tarifa general.

 

Atentamente,

 

 

PEDRO PABLO CONTRERAS CAMARGO

Subdirector de Gestión Normativa y Doctrina

Dirección de Gestión Jurídica

UAE-Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales