Oficio 17921

Tipo de norma
Número
17921
Fecha
Título

Tema: Renta

Subtítulo

Descriptor: Impuesto nacional al consumo - servicio de restaurantes

OFICIO Nº 017921

11-07-2019

DIAN

 

 

Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina

Bogotá, D.C.

001724

 

Ref: Radicado 100024799 del 16/04/2019

 

Tema Impuesto Nacional al Consumo

Descriptores  IMPUESTO NACIONAL AL CONSUMO - SERVICIO DE RESTAURANTES

Fuentes formales Art. 512-8 del Estatuto Tributario

 

Cordial saludo, Sr. García:

 

De conformidad con el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008 es función de esta Subdirección absolver las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias de carácter nacional, aduaneras y cambiarias en lo de competencia de la Entidad.

 

En comienzo es necesario explicar que las facultades de esta dependencia se concretan en la interpretación de las normas atrás mencionadas, razón por la cual no corresponde en ejercicio de dichas funciones prestar asesoría específica para atender casos particulares, que son tramitados ante otras dependencias o entidades, ni juzgar o calificar las decisiones tomadas en las mismas.

 

En igual sentido, los conceptos que se emiten por este despacho tienen como fundamento las circunstancias presentadas en las consultas y buscan atender los supuestos de hecho y de derecho expuestos en estas; por ello, se recomienda que la lectura del mismo se haga en forma integral para la comprensión de su alcance, el cual no debe extenderse a situaciones diferentes a las planteadas y estudiadas.

 

Pregunta usted:

 

¿Es aplicable la Sentencia C-209 de 2016, a través de la cual la Corte Constitucional estableció como excluido del impuesto al consumo, el servicio de alimentación bajo contrato celebrado con recursos públicos?

 

A este respecto, el Oficio 008759 de 2017, con fundamento en la Sentencia C-209 de 2016 de la Corte Constitucional, reconoció la exclusión del impuesto nacional al consumo de los servicios de alimentación bajo contrato celebrado por instituciones del Estado con recursos públicos y destinados a la asistencia social.

 

Esta doctrina, fue reafirmada en el Oficio 005907 de 2019. Por esta razón, con ayuda de las copias adjuntas de estos Oficios, invitamos al consultante a revisar los argumentos plasmados en cada uno de ellos, pues acogen el alcance que en la materia adoptó la Corte Constitucional.

 

En los anteriores términos se resuelve su consulta.

 

Cordialmente le informamos que tanto la normatividad en materia tributaria, aduanera y cambiaria, como los conceptos emitidos por la Dirección de Gestión Jurídica en estas materias pueden consultarse directamente en nuestra base de datos jurídica ingresando a la página electrónica de la DIAN: http://www.dian.gov.co siguiendo los íconos: “Normatividad” – “Técnica” y seleccionando los vínculos “doctrina” y “Dirección de Gestión Jurídica”.

 

Atentamente,

 

 

LORENZO CASTILLO BARVO

Subdirector de Gestión Normativa y Doctrina (E)

Dirección de Gestión Jurídica