Oficio 17782

Tipo de norma
Número
17782
Fecha
Título

Tema: Renta

Subtítulo

Descriptor: Sistema general de seguridad social-verificación de afiliación y pago de aportes

OFICIO Nº 017782

10-07-2019

DIAN

Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina

100208221 – 001661

Bogotá, D.C.

 

Ref: Radicado 100031502 del 16/05/2019

 

Tema Impuesto sobre la Renta y Complementarios

Descriptores SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL-VERIFICACIÓN DE AFILIACIÓN Y PAGO DE APORTES

Fuentes formales Decreto 3032 de 2013 art. 9.

 

 

Cordial saludo, Sra. Rosalba:

 

De conformidad con el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008 es función de esta Subdirección absolver las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias de carácter nacional, aduaneras y cambiarias en lo de competencia de la Entidad.

 

En comienzo es necesario explicar que las facultades de esta dependencia se concretan en la interpretación de las normas atrás mencionadas, razón por la cual no corresponde en ejercicio de dichas funciones prestar asesoría específica para atender casos particulares, que son tramitados ante otras dependencias o entidades, ni juzgar o calificar las decisiones tomadas en las mismas.

 

En igual sentido, los conceptos que se emiten por este despacho tienen corno fundamento las circunstancias presentadas en las consultas y buscan atender los supuestos de hecho y de derecho expuestos en estas; por ello, se recomienda que la lectura del mismo se haga en forma integral para la comprensión de su alcance, el cual no debe extenderse a situaciones diferentes a las planteadas y estudiadas.

 

Pregunta usted por la vigencia del Concepto 048258 de 11 de agosto de 2014, en cuanto no es necesario que el pago del canon de arrendamiento de bien inmueble sea sometido a la verificación del aporte a la Seguridad Social integral por parte del contratante, o si por el contrario existe un cambio de conceptos sobre dicha doctrina.

 

A este respecto, el Concepto 048258 de 2014 contiene dentro de la tesis jurídica el siguiente tenor: "en los contratos que no impliquen la prestación de un servicio personal, no resulta aplicable la verificación prevista en el artículo 3° del Decreto 1070 de 2013”.

 

La verificación consiste en que los pagos realizados a las personas naturales residentes cuyos ingresos no provengan de una relación laboral, o legal o reglamentaria por concepto de contratos de prestación de servicios, el contratante deberá verificar que los aportes al Sistema General de Seguridad Social estén realizados de acuerdo con los ingresos obtenidos en el contrato respectivo.

 

En efecto, en dicha doctrina se expresó que el artículo 3° del Decreto 1070 de 2013, fue modificado por el artículo 9° del Decreto 3032 de 2013, "Contribuciones al Sistema General de Seguridad Social", circunscribía su aplicación a los contratos de prestación de servicios.

 

Pues bien, revisado el Decreto 1070 de 2013, específicamente el artículo 3, este fue compilado en el Decreto 1625 de 2016 en el artículo 1.2.4.1.7. y este no fue modificado sustancialmente. Por ende, no se presenta una situación que justifique un cambio doctrinal, por lo que puede concluirse que el contenido del Concepto 048258 de 2014 se encuentra vigente.

 

En los anteriores términos se resuelve su consulta.

 

Cordialmente le informamos que tanto la normatividad en materia tributaria, aduanera y cambiaria, como los conceptos emitidos por la Dirección de Gestión Jurídica en estas materias pueden consultarse directamente en nuestra base de datos jurídica ingresando a la página electrónica de la DIAN: http://www.dian.gov.co siguiendo los íconos: “Normatividad" – "Técnica" y seleccionando los vínculos "doctrina" y "Dirección de Gestión Jurídica".

 

Atentamente,

 

 

LORENZO CASTILLO BARVO

Subdirector de Gestión Normativa y Doctrina (E)

Dirección de Gestión Jurídica

 

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