Oficio 1110(907279)

Tipo de norma
Número
1110(907279)
Fecha
Título

Tema: Renta

Subtítulo

Descriptor: Régimen de Compañías Holding Colombianas- CHC

OFICIO Nº 1110 [907279]

22-07-2021

DIAN

 

 

Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina

100208221-1110

Bogotá, D.C.

 

 

Tema

 

 

Impuesto sobre la renta y complementarios

Descriptores

 

 

Régimen de Compañías Holding Colombianas- CHC

Fuentes formales

 

 

Oficio No. 1368 del 27 de octubre de 2020

Artículos 242-1 y 894 al 898 del Estatuto Tributario

Artículo 1.2.4.16. del Decreto 1625 de 2016

 

 

Cordial saludo,

 

De conformidad con el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008, este Despacho está facultado para absolver las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias, aduaneras y cambiarias, en el marco de las competencias de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Por consiguiente, no corresponde a este Despacho, en ejercicio de las funciones descritas anteriormente, prestar asesoría específica para atender casos particulares, ni juzgar o calificar las decisiones tomadas por otras dependencias o entidades.

 

Mediante el radicado de la referencia, el peticionario solicita se indique si una sociedad que fue aceptada en el Régimen de Compañías Holding Colombianas– CHC en el mes de agosto de 2020, tiene derecho a los beneficios consagrados para el régimen por todo el año gravable 2020. Así mismo, se pregunta si la retención en la fuente que le fue practicada sobre dividendos en meses anteriores a la aceptación de la sociedad al aludido régimen, debe ser materia de reintegro por parte del agente retenedor y qué procedimiento debe seguirse para efectuar su reintegro.

 

Al respecto, este Despacho mediante Oficio No. 1368 del 27 de octubre de 2020, el cual anexamos para su conocimiento, indicó:

 

“En consecuencia, las sociedades nacionales que hayan enviado la comunicación a la DIAN en el año gravable 2019, con el cumplimiento de la totalidad de los requisitos para pertenecer y mantenerse en el Régimen CHC, podían aplicar las disposiciones de dicho régimen durante dicho año gravable.

 

(…)

 

Así las cosas, y en caso de que se haya practicado indebidamente la retención en la fuente de que trata el artículo 242-1 del Estatuto Tributario, por causas distintas aquellas señaladas en los artículos 1.2.4.37. y 1.2.4.38. del Decreto 1625 de 2016, podrán solicitar su reintegro en los términos del artículo 1.2.4.16. del mismo Decreto.” (Subrayado y negrilla por fuera de texto).

 

De acuerdo con lo anterior, este Despacho se permite reiterar que los beneficios del Régimen de Compañías Holding Colombianas- CHC y demás disposiciones de que tratan los artículos 894 a 898 del Estatuto Tributario aplicarán a partir del período gravable en el que se presente la solicitud, sin perjuicio de la verificación de la información y del cumplimiento de todos los requisitos previstos en la ley para el efecto.

 

Así, al ser el período gravable del impuesto sobre la renta y complementarios de carácter anual, los beneficios del régimen CHC aplicarán durante toda la vigencia fiscal en la cual se radicó la solicitud, conforme lo dispuesto en las normas aplicables. Por lo tanto, las retenciones en la fuente que hayan sido practicadas por concepto de dividendos durante dicho año gravable podrán ser objeto de reintegro, cuando así proceda, en los términos antes indicados.

 

En los anteriores términos se resuelve su solicitud y finalmente le manifestamos que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN-, con el fin de facilitar a los contribuyentes, usuarios y público en general el acceso directo a sus pronunciamientos doctrinarios, ha publicado en su página de internet www.dian.gov.co, la base de conceptos en materia tributaria, aduanera y cambiaria expedidos desde el año 2001, la cual se puede ingresar por el ícono de “Normatividad”–“Doctrina”, dando click en el link “Doctrina Dirección de Gestión Jurídica”.

 

Atentamente,

 

 

NICOLÁS BERNAL ABELLA

Subdirector de Gestión Normativa y Doctrina (E)

Dirección de Gestión Jurídica

UAE-DIAN