Oficio 37550

Tipo de norma
Número
37550
Fecha
Fecha del diario oficial
Título

Tema: Iva

Subtítulo

Descriptor: Importación de vehículos usados o remanufacturados frente a los tratados internacionales suscritos por colombia.

OFICIO N° 037550

12-06-2012

DIAN

 

 

Bogotá, D.C.

Oficio 100208221- / - 3 3 8

 

Señor

MIGUEL ÁNGEL ESPINOSA ALFONSO

Presidente Ejecutivo

Kra 103 No 25F – 50 Oficina 106.

Bogotá, D.C.

 

Radicado 3953 de 18/01/2012

 

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008 y la Orden Administrativa No. 000006 de 2009, este Despacho está facultado para resolver de forma general las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias, aduaneras y cambiarias, en lo de competencia de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

 

Consulta si de conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley 1450 de 2011 y en el TLC suscrito con Estados Unidos (Leyes 1143 y 1166 de 2007) pueden importarse a Colombia vehículos usados o remanufacturados, cuál sería su incidencia en el Convenio de Complementación en el Sector Automotor suscrito y adoptado entre Colombia y Venezuela según Resolución 355 de 1994 de la anterior Junta del Acuerdo de Cartagena, considerando además que Venezuela anunció su retiro de la CAN en el año 2006 manteniendo hasta la fecha únicamente el programa de desgravación.

 

Al respecto me permito informarle:

 

En primer lugar, revisada la Ley 1450 de 2011, no encontramos disposición expresa con respecto a la importación de vehículos usados o remanufacturados.

 

Con los Estados Unidos se celebró el Acuerdo de Libre Comercio (TLC) con la Ley 1143 de 2007 y su Protocolo Modificatorio con la Ley 1166 de 2007 y el Congreso de Estados Unidos le dio su aprobación el 12 de octubre de 2011, encontrándose actualmente en la etapa de implementación normativa para proceder al “Canje de Notas” y agotada esta etapa entrará en vigencia dentro de los sesenta (60) días siguientes.

 

En relación con el tema concreto de su consulta por competencia de conformidad con el artículo 16 del Decreto 210 de 2003, con el oficio 064 del 27 de abril de 2012, se remitió su consulta a la Dirección de Integración Económica del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.

 

En los anteriores términos se resuelve su consulta y cordialmente le informamos que tanto la normatividad en materia tributaria, aduanera y cambiaria, como los conceptos emitidos por la Dirección de Gestión Jurídica en estas materias pueden consultarse directamente en nuestra base de datos jurídica ingresando a la página electrónica de la DIAN: www.dian.gov.co siguiendo los iconos: “Normatividad” – “técnica” y seleccionando los vínculos “Doctrina” y “Dirección de Gestión Jurídica

 

Atentamente,

 

 

MARIA HELENA CAVIEDES CAMARGO

Subdirectora de Gestión de Normativa y Doctrina