Oficio 102

Tipo de norma
Número
102
Fecha
Fecha del diario oficial
Título

Equivalencia de experiencia profesional como especialización.

 

 

Consejo Técnico de la Contaduría Pública

Organismo adscrito al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo

 

 

 

Bogotá D. C., 17 de agosto de 2011

 

OFCTCP Nº 0102/2011

 

Señor

XXXXXXXXXXXXX

XXXXXXXXXXXXX

 

REFERENCIA:

 

Fecha de la Consulta….:

29 de julio de 2011

Entidad de Origen………:

Junta Central de Contadores

Nº de Radicación CTCP...:

344–CONSULTA POR CORREO ELECTRÓNICO

Tema…………………......:

Equivalencia de experiencia profesional como especialización.

     

 

 

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública en su carácter de organismo gubernamental de normalización técnica de normas contables, de información financiera y de aseguramiento de la información, atendiendo lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 1314 de 2009, procede a responder una consulta.

 

CONSULTA (TEXTUAL)

 

“Fui contratado por el IDEAM por prestación de servicios como Contador de Control Interno tengo más de 10 años de experiencia comprobada como auditor, revisor y control interno.

 

La entidad me negó un incremento en el contrato en razón a que no le envié copia de un titulo como especialización en control interno yo les anexe las certificaciones laborales de la experiencia para que me las valieran como igualdad o equivalencia la entidad no acepta esto.

 

Existe alguna norma que yo les pueda anexar? para que me valgan la experiencia como titulo de especialización”.

 

CONSIDERACIONES Y RESPUESTAS

 

Dentro del propósito ya indicado, las respuestas del Consejo Técnico de la Contaduría son de carácter general y abstracto, dado que su misión no consiste en resolver problemas específicos que correspondan a un caso particular.

 

El asunto que nos ocupa es de la órbita de la Comisión Nacional del Servicio Civil, considerando que las funciones que asume el Consejo Técnico de la Contaduría Pública habrán de sujetarse a los criterios que indica el Articulo 8 de la Ley 1314 de 2009, las cuales en esencia serán la elaboración de propuestas y proyectos de normas de contabilidad e información financiera y de aseguramiento de la información que se ajusten a las mejores prácticas internacionales en busca de la convergencia a estándares de mayor aceptación como insumo básico para la futura regulación contable en Colombia, a cargo de los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Comercio, Industria y Turismo.

 

Por lo anteriormente expuesto, hemos remitido su consulta a la Comisión Nacional del Servicio Civil.

 

En los términos anteriores se absuelve la consulta presentada, indicando que para hacerlo, este organismo se ciñó a la información presentada por el consultante y los efectos de este escrito son los previstos por el artículo 25 del Código Contencioso Administrativo, su contenido no compromete la responsabilidad de este organismo, no tiene fuerza vinculante, no constituye acto administrativo y contra él no procede recurso alguno.

 

Cordialmente,

 

 

 

 

 

LUIS ALONSO COLMENARES RODRÍGUEZ

Presidente

 

 

Proyectó: Adriana G.

Revisó y aprobó: LACR

Revisó y aprobó: GSC

Revisó y aprobó: GSA

 

 

 

 

 

Consejo Técnico de la Contaduría Pública

                    Organismo adscrito al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo      

 

 

Bogotá D. C., 17 de agosto de 2011

 

OFCTCP Nº 0102/2011

 

Doctor

FRIDOLE BALLEN DUQUE

Comisionado Presidente

Comisión Nacional del Servicio Civil

Carrera 4 No. 75-49

Bogotá D. C.

 

REFERENCIA:

 

Fecha de la Consulta….:

29 de julio de 2011

Entidad de Origen………:

Ministerio de Comercio, Industria y Turismo

Nº de Radicación CTCP...:

344–CONSULTA POR CORREO ELECTRÓNICO

Tema…………………......:

Equivalencia de experiencia profesional como especialización.

     

 

Respetado doctor Ballén Duque:

 

Por considerarlo de su competencia, nos permitimos trasladar la consulta formulada por el señor CARLOS RODRÍGUEZ, de acuerdo con lo previsto en el Artículo 33 del Código Contencioso Administrativo.

 

Sabremos apreciar que para efectos de nuestros controles, una vez resuelta la referida consulta, nos aporten copia de la misma.

 

Cordialmente,

 

 

 

 

LUIS ALONSO COLMENARES RODRÍGUEZ

Presidente

 

 

Anexo: Un (1) folio

 

Proyectó: Adriana G.

Revisó y aprobó: LACR

Revisó y aprobó: GSC

Revisó y aprobó: GSA