Oficio 38452

Tipo de norma
Número
38452
Fecha
Fecha del diario oficial
Título

Tema: Renta

Subtítulo

Descriptor: Impuesto sobre la renta para la Equidad CREE. Sujetos pasivos

OFICIO N° 038452

24-06-2013

DIAN

 

 

TEMA: Impuesto sobre la renta para la equidad – CREE

DESCRIPTORES: Impuesto sobre la Renta para la Equidad CREE - Sujetos Pasivos

FUENTES FORMALES:

LEY 1607 DE 2012 ARTS. 20 Y 25

DECRETO 862 DE 2013 ART 1

 

 

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008 y la Orden Administrativa 000006 del 21 de agosto de 2009, la Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina está facultada para absolver las consultas escritas que se formulen sobre interpretación y aplicación de las normas tributarias nacionales, en materia aduanera o de comercio exterior, en lo de competencia de la DIAN, razón por la cual su consulta se absolverá en el marco de la citada competencia.

 

En el escrito de la referencia pregunta si las personas naturales declarantes del impuesto sobre la renta, que tengan establecimientos de comercio, son sujetos pasivos del impuesto sobre la renta para la equidad -CREE.

 

El artículo 20 de la ley 1607 de 2012 que crea a partir del 1 de enero de 2013 el impuesto sobre la renta para la equidad CREE, consagra a su vez de manera expresa los sujetos pasivos del mismo que son las sociedades y personas jurídicas y asimiladas contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta y complementarios, así como las sociedades y entidades extranjeras contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta por sus ingresos de fuente nacional obtenidos mediante sucursales y establecimientos permanentes.

 

De manera concordante el Decreto 862 de 2013, en el artículo 1 reitera lo previsto en la Ley y acorde con este texto legal precisa que tampoco serán contribuyentes del impuesto sobre la renta para la equidad CREE "quienes no hayan sido previstos en la ley como sujetos pasivos.". Así las cosas, como quiera que las personas naturales no fueron señaladas por la ley 1607 de 2012 expresamente como sujetos pasivos, éstas no se encuentran sometidas al impuesto y en consecuencia tampoco al mecanismo de retención a título del mismo, implementado en el mencionado decreto 862 de 2013.

 

No obstante no ser sujetos pasivos, las personas naturales empleadoras pueden beneficiarse con la exoneración de aportes parafiscales cuando se den los supuestos previstos en el artículo 25 de la ley 1607 de 2012 y el Decreto 862 de 2013.

 

En los anteriores términos se resuelve su consulta y cordialmente le informamos que tanto la normatividad en materia tributaria, aduanera y cambiaria, como los conceptos emitidos por La Dirección de Gestión Jurídica en estas materias pueden consultarse directamente en nuestra base de datos jurídica ingresando a la página electrónica de la DIAN:http://www.dian.gov.co siguiendo los iconos: ”Normatividad”-“Técnica” y seleccionando los vínculos “doctrina” y “Dirección de Gestión Jurídica”.