Oficio 59383

Tipo de norma
Número
59383
Fecha
Fecha del diario oficial
Título

Tema: Retención

Subtítulo

Descriptor: Contrato de consultoría. Tarifa

OFICIO N° 059383

19-09-2013

DIAN

 

 

100202208 – 1475

Bogotá D.C.

Ref.: Radicado 40081 del 14/06/2013

 

Señor

JOSÉ HERNANDO ROMERO RODRÍGUEZ

Carrera 14 No. 127 - 10

Bogotá, D.C.

 

Tema: Retención en la Fuente

Descriptores: Contrato de consultoría

Fuentes Formales: Ley 80 de 1.993, art. 32; Decreto Reglamentario 260 de 2001, art. 1

 

 

Cordial saludo, señor Romero:

 

De conformidad con el artículo 19 del Decreto 4048 de 2008 y la Orden Administrativa 000006 de 2009, este despacho está facultado para absolver las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias, aduaneras o de comercio exterior y control cambiario en lo de competencia de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

 

Consulta con fundamento en el parágrafo del artículo 1 del Decreto 260 de 2001, si esta norma aplica a las empresas que realizan las actividades allí señaladas bajo la modalidad de consultoría para que programas de informática funcionen de manera correcta, aún sin ser estas las directas creadoras de los programas?

 

El parágrafo del artículo 1 del Decreto Reglamentario 260 de 2001, modificado por el artículo 1 del Decreto 2499 de 2012, establece:

 

"Artículo 1. Retención en la fuente por honorarios y comisiones para declarantes.

 

Parágrafo. Los pagos o abonos en cuenta que se realicen a contribuyentes con residencia o domicilio en Colombia obligados a presentar declaración del Impuesto sobre la renta y complementarios en el país, por actividades de análisis, diseño, desarrollo, implementación, mantenimiento, ajustes, pruebas, suministro y documentación, fases necesarias en la elaboración de programas de informática, sean o no personalizados, así como el diseño de páginas web y consultoría en programas de informática, están sometidos a retención en la fuente a la tarifa del tres punto cinco por ciento (3.5%) del respectivo pago o abono en cuenta. En las mismas condiciones, se aplicará dicha tarifa en los servicios de licenciamiento y derecho de uso del software." (subrayado fuera de texto).

 

Si bien la noción de consultoría está contenida en el numeral 2° del artículo 32 de la Ley 80 de 1993, por la cual se expide el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, es criterio del Despacho que su definición aplica en su integridad respecto de los contratos de consultoría en general (Concepto No. 010695 del 6 de septiembre de 1999 y Oficio No. 068505 del 24 de agosto de 2009).

 

El artículo 32 de la Ley 80 de 1993, define el contrato de consultoría en los siguientes términos:

 

"2° Contrato de Consultoría.

 

Son contratos de consultoría los que celebren las entidades estatales referidos a los estudios necesarios para la ejecución de proyectos de inversión, estudios de diagnóstico, prefactibilidad o factibilidad para programas o proyectos específicos, así como a las asesorías técnicas de coordinación, control y supervisión.

 

Son también contratos de consultoría los que tienen por objeto la interventoría, asesoría, gerencia de obra o de proyectos, dirección, programación y la ejecución de diseños, planos, anteproyectos y proyectos.

 

En este orden de ideas, el alcance del término consultoría a que se refiere el parágrafo del artículo 1 del Decreto 260 de 2001, debe entenderse en armonía con el artículo 32 de la Ley 80 de 1993.

 

Finalmente le manifestamos que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, con el fin de facilitar a los contribuyentes, usuarios y público en general el acceso directo a sus pronunciamientos doctrinarios, ha publicado en su página de Internet www.dian.gov.co, la base de conceptos en materia tributaria, aduanera y cambiaria expedidos desde el año 2001, a la cual se puede ingresar por el icono de "Normatividad" -"técnica"-, dando click en el link "Doctrina Dirección de Gestión Jurídica".

 

Atentamente,

 

 

ISABEL CRISTINA GARCÉS SÁNCHEZ

Directora de Gestión Jurídica