Oficio 53061

Tipo de norma
Número
53061
Fecha
Fecha del diario oficial
Título

Tema: Renta

Subtítulo

Descriptor: Sujetos pasivos y exoneración de aportes parafiscales.

OFICIO N° 053061

23-08-2013

DIAN

 

 

100208221 - 632

Bogotá D.C.

Ref.: Radicado 51834 del 25/07/2013

 

Tema: Impuesto sobre la renta para la equidad-CREE

Descriptores: Sujetos pasivos y Exoneración de aportes

Fuentes Formales: Ley 1607 de 2012, Decreto 862 de 2013

 

 

Señor

MAURICIO SÁNCHEZ MAZO

Gerente E.S.E- Hospital San José

Belalcazar – Caldas

 

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008 y la Orden Administrativa 000006 del 21 de agosto de 2009, la Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina está facultada para absolver de manera general las consultas escritas que se formulen sobre interpretación y aplicación de las normas tributarias nacionales, en materia aduanera o de comercio exterior, en lo de competencia de la DIAN, razón por la cual su petición se absolverá en el marco de la citada competencia.

 

Este Despacho recibió copia de su comunicación dirigida al señor Ministro de Salud y Protección Social, mediante la cual manifiesta su inconformidad por que los Hospitales, no quedaron incluidos en la reciente ley de reforma tributaria (1607 de 2012) y por tanto deben continuar con el pago de los aportes parafiscales, por ello solicita que en ejercicio de la facultad reglamentaria se procede a exonerarlos de dichos pagos.

 

Entendemos que hace alusión al tema referido al impuesto sobre la renta para la equidad-CREE y la concordante exoneración del pago de aportes parafiscales que consagró la Ley 1607 de 2012 en los artículos 20 y siguientes.

 

Sobre este particular hay que señalar que la ley en mención no consagró de plano una exoneración de aportes parafiscales para todos los empleadores sin distinción. El Congreso de la República a instancias del Gobierno Nacional, buscando incentivar el empleo y disminuir los obstáculos a su generación aprobó en diciembre de 2012 en el marco de la reforma tributaria, una reducción en dichos impuestos la exoneración mensual de los aportes parafiscales al SENA e ICBF, pagados por personas jurídicas y asimiladas contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta y personas naturales empleadoras, por empleados que ganen menos de 10 salarios mínimos mensuales vigentes.

 

No obstante, esta exoneración no es absoluta y para garantizar la sostenibilidad y la independencia financiera del SENA y el ICBF, el Congreso creó el nuevo impuesto sobre la renta para la equidad – CREE, que es de cargo de las personas jurídicas y asimiladas contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta quienes a la vez se benefician de la exoneración de aportes. Puede decirse entonces que si bien se puede dar la exoneración en el pago de los aportes parafiscales, estas empresas en contraprestación deben declarar y pagar el impuesto CREE, que tiene como destino específico el SENA y el ICBF, para el desarrollo de sus programas sociales.

 

En ejercicio de la facultad reglamentaria el Gobierno Nacional expidió el Decreto 862 de 2013 mediante el cual reglamentó las anteriores disposiciones, debe señalarse que el ejercicio de esta facultad se circunscribe a la ley que reglamenta, no siendo viable en consecuencia incluir aspectos no regulados en el texto legal, por tal razón solamente los sujetos expresamente señalados en la ley son los sujetos pasivos del impuesto CREE, y solamente los señalados en el artículo 25 de la Ley 1607 de 2012 y de manera concordante en el artículo 8 del Decreto 862 de 2013 pueden acceder a la exoneración de aportes parafiscales cuando se den las condiciones allí previstas:

 

"ARTÍCULO 8o. EXONERACIÓN DE APORTES PARAFISCALES. A partir del 1o de mayo de 2013, fecha en la que de conformidad con lo previsto en el artículo 2o del presente decreto se implementará el sistema de retención en la fuente para efectos del recaudo del impuesto sobre la renta para la equidad – CREE, las sociedades, y personas jurídicas y asimiladas contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta y complementarios y sujetos pasivos del impuesto sobre la renta para la equidad – CREE, estarán exoneradas del pago de los aportes parafiscales a favor del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), y del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), correspondientes a los trabajadores que devenguen, individualmente considerados, menos de diez (10) salarios mínimos mensuales legales vigentes.

 

A partir de la misma fecha, las personas naturales empleadoras estarán exoneradas de la obligación de pago de los aportes parafiscales al Sena y al ICBF por los empleados que devenguen, individualmente considerados, menos de diez (10) salarios mínimos mensuales legales vigentes. Esto no aplica para las personas naturales que empleen menos de dos (2) trabajadores, las cuales seguirán obligadas al pago de dichos aportes. Para efectos de esta exoneración, los trabajadores a que hace mención este inciso tendrán que estar vinculados con el empleador persona natural mediante contrato laboral, quien deberá cumplir con todas las obligaciones legales derivadas de dicha vinculación...."

 

Por lo anterior, para efectos de incluir a otras entidades tanto como sujetos pasivos del CREE, como para que puedan acceder a la exoneración de aportes parafiscales se requiere de una disposición legislativa en este sentido que podría ser estudiada en el momento en que se considere conveniente tanto por parte del gobierno nacional, como del Congreso de la República.

 

En los anteriores términos se resuelve su solicitud y cordialmente le informamos que tanto la normatividad en materia tributaria, aduanera y cambiaria, como los conceptos emitidos por la Dirección de Gestión Jurídica en estas materias pueden consultarse directamente en nuestras bases de datos jurídica ingresando a la página electrónica de la DIAN: www.dian.gov.co siguiendo los iconos: "Normatividad" - "técnica" y seleccionando "Doctrina" y “Dirección de Gestión Jurídica”.

 

Atentamente,

 

 

LEONOR EUGENIA RUIZ DE VILLALOBOS

Subdirectora de Gestión Normativa y Doctrina