REPUBLICA DE COLOMBIA
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
DECRETO NUMERO 694 DE 2003
(19 MAR. 2003)
Por el cual se modifica el parágrafo transitorio del artículo 1 del Decreto 522 de 2003
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA
En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo de lo previsto en la Ley 788 de diciembre 27 de 2002,
DECRETA:
Artículo 1. Plazo para inscripción en el régimen simplificado de los nuevos responsables del impuesto sobre las ventas. Modifícase el parágrafo transitorio del artículo 1º del Decreto 522 del 7 de marzo de 2003, el cual quedará así:
"Parágrafo Transitorio. El plazo para la inscripción del Régimen Simplificado de los nuevos responsables del impuesto sobre las ventas, vencerá en las fechas que se indican a continuación, de acuerdo con el último dí ;gito del documento de identificación:
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SI EL ULTIMO DíGITO
ES:
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HASTA EL DíA
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0
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14 de abril año 2003
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9
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15 de abril año 2003
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8
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16 de abril año 2003
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7
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21 de abril año 2003
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6
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22 de abril año 2003
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5
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23 de abril año 2003
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4
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24 de abril año 2003
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3
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25 de abril año 2003
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2
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28 de abril año 2003
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1
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29 de abril año 2003"
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Artículo 2. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y Cúmplase
Dado en Bogotá, D. C.,