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DECRETO N° 4460

26-11-2008

MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO

Por el cual se prorroga la vigencia del Decreto 4672 de 2007

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial de las conferidas por el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, con sujeción a las normas generales previstas en las Leyes 6ª de 1971 y 7ª de 1991 y

CONSIDERANDO

Que mediante Decreto 4672 del 30 de noviembre de 2007, publicado en el Diario Oficial 46.828 del 30 de noviembre de 2007, el Gobierno Nacional estableció un arancel del 30% a las importaciones de maíz blanco clasificado por la subpartida arancelaria 1005.90.12.00, por el término de un (1) año.

Que el comité de Asuntos Aduaneros Arancelarios y de Comercio Exterior, en su sesión 193 del 27 de octubre de 2008, recomendó prorrogar la vigencia del Decreto 4672 de 2007, por el término de un (1) año.

DECRETA

ARTICULO 1º. Prorróguese la vigencia del Decreto 4672 del 30 de noviembre de 2007, por el término de un (1) año a partir del 30 de noviembre de 2008.

ARTICULO 2º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial.

PUBLIQUESE Y CUMPLASE

Dado en Bogotá, D.C., a los 26 NOV 2008

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

OSCAR IVAN ZULUAGA ESCOBAR

EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL

ANDRES FELIPE ARIAS LEYVA

EL VICEMINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

ENCARGADO DE LAS FUNCIONES DEL DESPACHO DEL

MINISTRO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO

EDUARDO MUÑOZ GOMEZ