DECRETO N° 300

04-02-2009

MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO

 


Por el cual se modifica el artículo 20 del Decreto 4400 de 2004

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las consagradas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política

DECRETA


ARTÍCULO 1. Modificase el artículo 20 del Decreto 4400 de 2004, el cual queda así:

"ARTÍCULO 20. Comité de Entidades sin Ánimo de Lucro. El Comité de Entidades sin Ánimo de Lucro estará integrado por el Ministro de Hacienda y Crédito Público o su delegado, quien lo presidirá, el Director de Impuestos y Aduanas Nacionales o su delegado, el Director de Gestión de Aduanas o su delegado y el Director de Gestión de Fiscalización o su delegado, quien ejercerá las funciones de Secretario del Comité."

ARTICULO 2. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE


Dado en Bogotá D.C., a los 4 de febrero de 2009-02-06

ALVARO URIBE VELEZ
Presidente de la Repúblico

OSCAR IVAN ZULUAGA ESCOBAR
Ministerio de Hacienda y Crédito Público