Concepto 0035

Tipo de norma
Número
0035
Fecha
Título

Tratamiento Contable de Provisiones de Procesos Judiciales en contra de una E.P.S. en Liquidación

Concepto Nº 0035

14-03-2023

Consejo Técnico de la Contaduría Pública

 

 

Bogotá, D.C.,

 

REFERENCIA:

 

No. del Radicado

1-2023-003207 / 1-2023-003208 / 1-2023-003209

Fecha de Radicado

27 de enero de 2023

N° de Radicación CTCP

2023-0035

Tema

Tratamiento Contable de Provisiones de Procesos Judiciales en contra de una E.P.S. en Liquidación

 

 

CONSULTA (TEXTUAL)

 

“(...) Solicitud concepto

 

En enero de 2022 se ordenó la liquidación de una EPS, procediendo al cierre de los estados financieros de la entidad hasta cuando estuvo en marcha y se aperturaron los estados financieros de la entidad en liquidación conforme lo dispone el Decreto 2101 de 2016 que adicionó el anexo 5 del DUR 2420 de 2015.

 

Para el cierre de la vigencia 2022, solicitamos se nos instruya la manera en la que se deben de registrar las provisiones de procesos judiciales en contra de la entidad.

 

La consulta puntualmente va dirigida a la cuenta contable en la que se debe de registrar la diferencia que se presente por el aumento o disminución de la provisión de procesos judiciales en contra de la entidad, por lo que no es claro si esta diferencia se debe de llevar al ingreso o gasto dependiendo de si es aumento o disminución de la provisión, o si por el contrario el registro se debe de realizar contra la cuenta del Patrimonio en proceso de liquidación.

 

Es importante contar con una definición o guía por parte de ustedes, como quiera que el objetivo de esta es poder realizar la aplicación previa al cierre de los Estados Financieros de 2022.

 

Consideraciones del grupo técnico financiero de la SNS:

Revisado el Decreto 2101 de 2016 Normas de Información Financiera para Entidades que no cumplen la Hipótesis de Negocio en Marcha, no se definen los criterios para la medición y reconocimiento de los pasivos por provisión de procesos judiciales, razón por la cual solicitamos apoyo para definir lineamientos claros para este tipo de entidades”.

 

CONSIDERACIONES Y CONCEPTO

 

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) en su carácter de Organismo Orientador técnico-científico de la profesión y Normalizador de las Normas de Contabilidad, de Información Financiera y de Aseguramiento de la Información, conforme a las normas legales vigentes, especialmente por lo dispuesto en la Ley 43 de 1990, la Ley 1314 de 2009, y en sus Decretos Reglamentarios, procede a dar respuesta a la consulta anterior de manera general, pues no se pretende resolver casos particulares, en los siguientes términos:

 

Mediante el concepto 2021-05351 que emitió el CTCP, con relación a Entidades en liquidación - Reconocimiento de pasivos, manifestó:

 

“(…) Al elaborar un balance inicial de liquidación la entidad deberá medir todos sus activos y pasivos conforme a los requerimientos de los marcos técnicos, si se aplica la base contable de liquidación se aplicará lo establecido en el Decreto 2101 de 2016 (anexo 6 del DUR 2420 de 2015), sin perjuicio de que existan o no existan activos disponibles que sirvan como fuente de pago.

 

Posteriormente, a la elaboración del balance inicial se establecerá las fuentes de pago que serán utilizadas, las cuales en una liquidación voluntaria, bien podría ser otras fuentes distintas de los activos de la entidad en liquidación, en todo caso para la aprobación de la cuenta final de liquidación, se procederá conforme a las disposiciones legales que regulan la liquidación de las entidades (...)

 

(...) medirá sus activos y pasivos como lo establece dicho anexo, el cual respecto de los pasivos, establece:

 

  • La totalidad de los pasivos se miden por el valor no descontado de efectivo, más los costos estimados necesarios en que se incurriría para liquidar el pasivo, o para ser exonerado de su pago (anexo 6, párrafo 34);
  • Los pasivos que se reconocen en la contabilidad incluyen los establecidos al elaborar el pasivo de acreencias, incluso si anteriormente no se encontraban reconocidos (anexo 6, párrafo 35);
  • Las contingencias pasivas se reconocerán en los estados financieros siempre que exista una medición fiable y una base razonable para su estimación (anexo 6, párrafo 35);
  • El valor neto de liquidación de un pasivo es el valor no descontado de efectivo o equivalentes de efectivo más los costos estimados necesarios en que se incurriría para liquidar o ser exonerado del pasivo en las condiciones de negociación generadas por un proceso de liquidación (anexo 6, párrafo 43);
  • Una entidad que aplique la base contable del valor neto de liquidación medirá sus pasivos de tal forma que reflejen el importe estimado de efectivo u otras contraprestaciones que espera pagar por la liquidación de sus pasivos al llevar a cabo su plan de liquidación (anexo 6, párrafo 45);
  • El valor de liquidación de los pasivos serán objeto de revisión y ajuste en cada fecha de cierre, para reconocer los efectos de factores tales como sus nuevos valores estimados de liquidación (anexo 6, párrafo 49);
  • Se dará de baja en cuenta un pasivo si, y solo si, la deuda ha sido extinguida, esto es cuando la obligación especificada en el correspondiente contrato haya sido pagada o cancelada o haya expirado (anexo 6, párrafo 55);”. Subrayado fuera de texto.

 

Además de lo anterior y tomando como base el concepto 2019-02432 que emitió el CTCP, con relación a Estados financieros - compañías en liquidación, se expone un ejemplo para detallar el tratamiento contable de provisiones en sociedades en liquidación:

 

ANEXO 1: MODELO DE ESTADOS FINANCIEROS DE UNA ENTIDAD QUE USA LA BASE CONTABLE DE LIQUIDACIÓN

 

 

SOCIEDAD XXXXX EN LIQUIDACIÓN

ESTADO DE LOS ACTIVOS NETOS EN LIQUIDACIÓN

COMPARATIVO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2022 Y 2021

(EN MILES DE PESOS COLOMBIANOS ($))

ACTIVOS

NOTA

2022

2021

EFECTIVO Y EQUIVALENTES AL EFECTIVO

X

40,259

30,444

INVERSIONES EN INSTRUMENTOS DE PATRIMONIO

X

255

156

CUENTAS POR COBRAR

X

3,673

4,373

PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO (NETO)

X

25,020

38,520

OTRAS CUENTAS POR COBRAR

X

1,562

1,562

OTROS ACTIVOS NO FINANCIEROS

X

204

186

SALDO A FAVOR IMPUESTO DE RENTA

X

165

165

TOTAL ACTIVOS

 

71,138

75,406

PASIVOS

 

 

 

CUENTAS POR PAGAR

X

4,300

5,400

IMPUESTOS DE RENTA POR PAGAR

X

4,170

2,000

PROVISIONES (a)

X

4,317

6,317

TOTAL PASIVOS

 

12,787

13,717

 

 

 

 

TOTAL ACTIVOS NETOS EN LIQUIDACIÓN

XX

58,351

61,689

 

 

(a) En el Estado de los Activos Netos en Liquidación, se observan las variaciones del año 2021 al año 2022 de los activos y pasivos por su Valor Neto de Liquidación - VNL; el resaltado corresponde a la variación del rubro de provisiones, disminución de $2.000.

 

SOCIEDAD XXXXX EN LIQUIDACIÓN

ESTADO DE CAMBIOS EN LOS ACTIVOS NETOS EN LIQUIDACIÓN PERÍODO COMPRENDIDO ENTRE EL 01 DE ENERO Y EL 31 DE DICIEMBRE DE 2022 (EN MILES DE PESOS COLOMBIANOS ($))

 

NOTA

 

ACTIVOS NETOS EN LIQUIDACIÓN AL 31 DE DICIEMBRE DE 2021

 

61,689

AJUSTE DE ACTIVOS Y PASIVOS AL VALOR NETO DE LIQUIDACIÓN EN 2022 (b)

 

-2,270

SUB-TOTAL ACTIVOS NETOS EN LIQUIDACIÓN

 

59,419

ESTADOS DE OPERACIÓN DE LA LIQUIDACIÓN

 

 

INGRESOS

 

1,102

GASTOS

 

2,170

RESULTADOS DE LA LIQUIDACIÓN DEL PERÍODO

 

-1,068

ACTIVOS NETOS EN LIQUIDACIÓN AL 31 DE DICIEMBRE DE 2022

XX

58,351

 

 

(b) En el Estado de Cambios en los Activos Netos en Liquidación, las variaciones que se observan en el literal anterior, se presentan como Ajuste de Activos y Pasivos al Valor Neto de Liquidación. Este valor es neto a la información del literal siguiente (c). El resultado neto corresponde al valor de los excedentes y al valor de las pérdidas de las variaciones de los activos y pasivos; en el valor resaltado de ($2.270), se encuentra incluida la variación de la provisión. Como se observa, este ajuste afecta el saldo final de los Activos Netos en Liquidación al cierre.

 

SOCIEDAD XXXXX EN LIQUIDACIÓN

ESTADO DE OPERACIONES DE LA LIQUIDACIÓN

PERÍODO COMPRENDIDO ENTRE EL 01 DE ENERO Y EL 31 DE DICIEMBRE DE 2022 (EN MILES DE PESOS COLOMBIANOS ($))

INGRESOS

NOTA

 

INTERESES DE PAGARES Y OTROS PRÉSTAMOS

X

99

OTROS INGRESOS

X

18

GANANCIAS EN LA VENTA DE INVERSIONES

X

985

TOTAL INGRESOS

 

1,102

GASTOS

 

 

IMPUESTO DE RENTA CORRIENTE

X

2,170

TOTA GASTOS

 

2,170

EXCEDENTES POR RECONOCIMIENTO ACTIVOS/PASIVOS VNL (c)

XX

2,490

PERDIDAS POR RECONOCIMIENTO ACTIVOS/PASIVOS VNL

XX

4,760

RESULTADO NETO DEL EJERCICIO

-3,338

 

 

(c) En el Estado de Operaciones de la Liquidación, las variaciones de los activos y pasivos por su Valor Neto de Liquidación - VNL, se presentan de manera separada como Excedentes por reconocimiento activos/pasivos al VNL y como Pérdidas por reconocimiento activos/pasivos al VNL. En el reglón resaltado de excedentes se encuentra incluido el valor de la disminución de la provisión del año 2021 al 2022. El reconocimiento contable afecta directamente el saldo del activo o pasivo y su contrapartida al ajuste al patrimonio liquidable en el Activo Neto.

 

En conclusión: La variación del valor de los activos y los pasivos por su Valor Neto de Liquidación - VNL, no se reconoce como ingreso o gasto, se presenta como un excedente o pérdida en el Estado de Operaciones de la Liquidación afectando el Resultado Neto del Ejercicio. En el Estado de Cambios en los Activos Netos en Liquidación, se presenta como Ajuste de Activos y Pasivos al Valor Neto de Liquidación, pero su registro contable es directamente en el Activo Neto como Ajustes al Patrimonio liquidable.

 

El reconocimiento de ingresos y gastos, corresponde al valor líquido que ingresa a la entidad por rendimientos, intereses, utilidad en venta de activos, entre otros, y los gastos cuando se realizan erogaciones por pagos de honorarios, seguros, papelería, contribuciones, gastos legales, entre otros.

 

En los términos anteriores se absuelve la consulta, indicando que, para hacerlo, este organismo se ciñó a la información presentada por el consultante y los efectos de este concepto son los previstos por el artículo 28 de la Ley 1437 de 2011, modificado por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015.

 

Cordialmente,

 

 

JAIRO ENRIQUE CERVERA RODRÍGUEZ

Consejero - CTCP