ALCALDIA
MAYOR DE BOGOTA D.C
SECRETARIA DE HACIENDA
Resolución No. 09 del 4 de junio de 2004
“Por medio de la cual se adiciona un parágrafo al artículo 2º de la Resolución 023 del 16 de diciembre de 2002.”
LA DIRECTORA DISTRITAL DE IMPUESTOS
En uso de sus facultades legales y en especial las que le confiere el
artículo 7 numeral 3 del Acuerdo 65 de 2002 y
C O N S I D E R A N D O
Que
el Acuerdo 65 de 2002 autorizó al Director Distrital de Impuestos
para designar agentes retenedores del impuesto de industria y comercio.
Que para efectos de garantizar la eficiencia en el recaudo del impuesto
de industria y comercio, se hace necesario designar otros agentes retenedores
de dicho impuesto, además de los ya contemplados por el Acuerdo
65 de 2002 y el Decreto Distrital No. 271 de 2002.
R E S U E L V E
ARTICULO PRIMERO: Adicionase un parágrafo al artículo
2º de la Resolución 023 de del 16 de diciembre de 2002, en
los siguientes términos:
PARÁGRAFO:
A partir del primero (1º) de julio del año 2004, los contribuyentes
del impuesto de industria y comercio que pertenezcan al régimen
común, además de la retención de que trata este artículo,
deberán efectuar retención a título de este impuesto,
siempre que el beneficiario del pago sea un profesional independiente
inscrito en el régimen común, cuando intervenga en operaciones
por actividades gravadas con el impuesto en la jurisdicción del
Distrito Capital de Bogotá.
ARTICULO SEGUNDO. La presente Resolución rige
a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C.,
GLORIA
NANCY JARA BELTRAN
Directora Distrital de Impuestos
Elaboró:
Harold Ferney Parra Ortiz
Revisó: Magda Montaña Murillo
Aprobó: Ana Silvia Suárez Correa