RESOLUCION NUMERO  12908

(01 NOV. 2007)

 

Por la cual se aclara la Resolución 12690 de 2007.

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EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL
DIRECCION DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

 

En uso de sus facultades legales consagradas en el artículo 19 literal b) del Decreto 1071 de 1999, en los artículos 631, 631-2, 633, 684 y 686 del Estatuto Tributario y lo señalado en el artículo 2 del Decreto 1738 de 1998,

 

CONSIDERANDO:

Que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales expidió el 29 de octubre la  Resolución 12690 de 2007, mediante la cual se definió  la Información a reportar por el año gravable 2007, correspondiente a los literales a), b), c), d), e), f), h), i) y k) del artículo 631 del Estatuto Tributario y el Decreto 1738 de 1998.

Que con el fin de precisar los obligados a presentar esta información y los datos a informar se hace necesario aclarar la mencionada Resolución.

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1. Aclarar el numeral 4 del artículo 12 de la Resolución 12690 de 2007, relativo a la Información correspondiente a “Rentas exentas” de las declaraciones tributarias, en el cual debe atenderse incluida como información a reportar la siguiente:

“El valor de las rentas exentas por la prestación de servicios de sísmica para el sector de hidrocarburos, en el concepto 8112.”

 

ARTÍCULO 2. Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE,

Dada en Bogotá D. C. a los

 

 

(Original Firmado)
OSCAR FRANCO CHARRY
Director General