RESOLUCION NUMERO   01890         DE

(      23 FEB. 2007     )

                          

 


Por la cual se establecen los mecanismos de aplicación del Modelo Estándar de Procedimientos para la Sostenibilidad del Sistema de Contabilidad Pública en la DIAN


EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

En uso de sus atribuciones legales, especialmente las contempladas en los literales h), ff), nn y oo) del artículo 19 del Decreto 1071 de 1999, y

CONSIDERANDO:



Que la Constitución Política en sus artículos 209 y 269, establece el marco general relacionado con la obligatoriedad de diseñar y aplicar métodos y procedimientos de Control Interno por parte de las entidades y organismos del sector público.

Que el artículo 3 de la Ley 87 de 1993, señala que el Control Interno forma parte integrante de los sistemas contables, financieros, de planeación y operaciones de la respectiva entidad.

Qué el Contador General de la Nación, mediante Resolución 119 de abril 27 de 2006, adoptó el Modelo Estándar de Procedimientos para la Sostenibilidad del Sistema de Contabilidad Pública, a través del cual se señalan las actividades mínimas que deben realizar los responsables de la información financiera, económica y social en los entes públicos, que garanticen la producción de información razonable y oportuna.

Que el Modelo Estándar de Procedimientos para la Sostenibilidad del Sistema de Contabilidad Pública según lo establece el artículo 2 de la Resolución 119 del 27 de abril de 2006, proferida por el Contador General de la Nación, debe ser aplicado por los entes públicos incluidos en el Plan General de Contabilidad Pública.

Que según lo dispuesto en el artículo 3 de la precitada Resolución, los Jefes de Control Interno, conforme a lo establecido en la Ley 87 de 1993, tienen la responsabilidad de evaluar continuamente la implementación del control interno contable, con el fin de mantener la calidad de la información financiera, económica y social de la respectiva entidad, de tal manera que haga sostenible el proceso de saneamiento contable efectuado.

Que el Modelo Estándar de Procedimientos para la Sostenibilidad del Sistema de Contabilidad Pública adoptado por la Resolución 119 de 2006 proferida por el Contador General de la Nación, establece que los entes públicos deben evaluar la pertinencia de constituir e integrar el Comité Técnico de Sostenibilidad del Sistema Contable, como una instancia asesora del área contable y financiera.

RESUELVE:


ARTICULO 1. Aplíquese en la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales el Modelo Estándar de Procedimientos para la Sostenibilidad del Sistema de Contabilidad Pública adoptado por el Contador General de la Nación mediante Resolución 119 de 2006.

ARTICULO 2. Créanse dentro del marco del Modelo Estándar de Procedimientos para la Sostenibilidad del Sistema de Contabilidad Pública, los Comités Técnicos de Sostenibilidad del Sistema Contable de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN.

ARTICULO 3. Los Comités Técnicos de Sostenibilidad del Sistema Contable de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, en su función Recaudadora y Pagadora, estarán integrados de la siguiente manera:
  1. En su función Recaudadora, por:
    • El Secretario General
    • El Subdirector de Recaudación
    • El Subdirector de Cobranzas
    • El Subsecretario de Comercialización
    • El Jefe de la Oficina Jurídica
    • El Subdirector de Fiscalización Tributaria
    • El Subdirector de Fiscalización Aduanera
    • El Subdirector de Control de Cambios
    • El Jefe de la División de Contabilidad de la Subdirección de Recaudación, quien actuará como secretario.
  2. En su función Pagadora, por:
    • El Secretario General
    • El Subsecretario de Recursos Financieros
    • El Subsecretario de Recursos Físicos
    • El Jefe de la División de Contabilidad de la Subsecretaría de Recursos Físicos, quien actuará como secretario.

Parágrafo 1. A las reuniones del Comité Técnico de Sostenibilidad del Sistema Contable, tanto de la función Recaudadora como Pagadora asistirá como invitado permanente el Subsecretario de Control Interno, o su delegado, quien tendrá voz pero no voto en las deliberaciones y decisiones que se tomen.

Parágrafo 2. En los Comités Técnicos de Sostenibilidad del Sistema Contable de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, participarán aquellos servidores de la contribución que de acuerdo con el tema a tratar se estime conveniente su intervención, quienes tendrán voz pero no voto en las deliberaciones y decisiones que se tomen.

ARTICULO 4. Los Comités Técnicos de Sostenibilidad del Sistema Contable de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, tanto en la función Recaudadora como Pagadora, tendrán las siguientes funciones:


ARTICULO 5. Los Comités que se crean mediante la presente Resolución se reunirán ordinariamente cada dos (2) meses, y en forma extraordinaria cada vez que las necesidades lo requieran, por convocatoria de cualquiera de los miembros del Comité.

Parágrafo. Los Comités de Sostenibilidad del Sistema Contable podrán deliberar, en su función recaudadora, con la asistencia de por lo menos cinco (5) de sus integrantes y en su función pagadora, con cuatro (4) de sus integrantes.


ARTICULO 6. Las actuaciones adelantadas por los Comités quedarán plasmadas en Actas que serán firmadas única y exclusivamente por los miembros del Comité y se ejercerán sin perjuicio de las responsabilidades y autonomía que caracterizan el ejercicio profesional de los contadores públicos responsables.

ARTICULO 7. La Subsecretaría de Control Interno, de conformidad con lo establecido en la Ley 87 de 1993, evaluará continuamente la implementación del control interno contable, necesario para mantener la calidad de la información financiera, económica y social en la DIAN, de tal manera que haga sostenible el proceso de saneamiento y depuración contable llevado a cabo.

ARTICULO 8. Vigencia y derogatorias. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, a los



OSCAR FRANCO CHARRY
Director General